domingo, 20 de noviembre de 2016

Viviendas de uso turístico y la sociedad del bien común




Los desarrollos tecnológicos, especialmente internet ha traído cambios en la manera que las personas se relacionan, hasta el punto en que  hoy en día todos nos preguntamos cómo pudimos vivir antes sin internet o sin teléfonos inteligentes.
Eso ha generado que ciertos sectores reacios a innovar en las características de los productos que ofrecen o empeñados en defender una posición de dominio o monopólica puedan unirse a campañas de desprestigio de las viviendas turísticas. Al fin y al cabo, nuestra historia actual está llena de grandes errores como Trump y  el Brexit, y es sabido que alentar el incendio de la falsedad con propaganda es muy productivo, porque desafortundamente nuestra sociedad suele confundir la verdad con los prejuicios de la mayoría.
Hay una gran diferencia entre el servicio hotelero y el que prestan las viviendas de uso turístico  y puede que aún muchos ciudadanos no sean conscientes que las viviendas turísticas les trae más ganancias que perjuicios. Cuántas veces se ha podido constatar que un mal vecino o un hijo con problemas de conducta es una dificultad de largo plazo que la comunidad no logra resolver, pues es muchas comunidades de vecinos han comenzado a entender que no son perjuicios sino ventajas para ellos: la economía de los barrios se ve beneficiada, hay un mayor interés por mejorar las áreas comunes en los edificios y se genera un mestizaje, ambiente cosmopolita e intercambio cultural.
Nos hemos dedicado a investigar si las personas que ocupan esas viviendas de uso turístico  constituyen conflictos y hemos constatado que en los últimos cinco años han habido ochenta quejas en la ciudad de Valencia por molestias provocadas por algunas viviendas turísticas, frente a miles de quejas o denuncias por molestias provocadas en las comunidades de vecinos por otras circunstancias, todas ellas se resuelven vía administrativa o en caso de escalación, el derecho civil ofrece medios para resolver problemas de convivencia, pero resulta evidente que no se puede discriminar a un no-residente a su derecho de alquilar una vivienda. Tampoco es cierto que un residente autóctono pueda ser  garantía de una buena convivencia vecinal.
Los anfitriones de viviendas turísticas, sin excepción, investigan antes de su aprobación las reseñas de comportamiento de los interesados en ocupar los pisos no solo para evitar el deterioro del piso, pues sería impensable pensar en una renovación permanente de muebles y enseres sino para asegurar que no perturben la tranquilidad de los vecinos.
En las paredes internas de la vivienda que se alquila se exhiben las normas de buen comportamiento con el vecindario,  y se les hace firmar esas normas para más garantía del compromiso. Además se lleva un registro de visitantes que se comunica a las autoridades locales.
Cabe preguntarse si en los hoteles o cuando un nuevo propietario entra a formar parte de una comunidad, recibe algún tipo de decálogo de buen vecino o algún recordatorio de la importancia de respetar la tranquilidad de sus vecinos o se le prohibe hacer fiestas o de salir de botellón. O también podríamos cuestionarnos que aquellos propietarios que alquilan viviendas por periodos anuales, pudieran estar interesados simplemente en  despreocuparse del piso por un largo período de tiempo.
Los propietarios de viviendas de uso turístico cuidan de su ciudad, barrio y de su  comunidad de vecinos. Son además auténticos embajadores que sirven de enlace para el recien llegado con la cultura local.


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